Refinanciación de créditos

Cambie sus créditos o préstamos por uno nuevo y aproveche las mejores condiciones del mercado.

[wp_ad_cam_1]Hace una década, apenas tres entidades operaban de forma significativa en este segmento. Hoy ya hay cinco grandes firmas que se reparten el pastel de los créditos rápidos. Cofidis, Eurocrédito y Banco Sigma son los tres establecimientos financieros de crédito especializados sólo en créditos rápidos que operan en España.

Además, el año pasado entraron en este negocio grandes bancos como Santander o Banco Popular. Por su parte, Banco Popular cuenta, también, con un crédito rápido, denominado Optiline, que se comercializa a través de la filial de Internet del banco, bancopopular-e.com.

Uno de los rasgos más llamativos de estos préstamos y de las entidades que los comercializan es la popularidad que están adquiriendo gracias a sus anuncios televisivos. En ellos intentan resaltar la rapidez con la que conceden el préstamo y los escasos papeleos que hay que realizar. La banca tradicional lucha a brazo partido por prestar dinero a los españoles. Es la guerra del activo. Ni depósitos ni cuentas a la vista. En esta ocasión, la batalla se libra contra las entidades financieras de crédito (EFC) por los créditos rápidos. Y el escenario es la televisión. Y es que, a pesar de que el endeudamiento de las familias españolas sigue marcando récord históricos y aunque el ahorro sigue cayendo, estos productos se están haciendo cada vez más socorridos para afrontar pequeños imprevistos, o simplemente para darse un capricho.

En los últimos años, este negocio ha registrado tasas de crecimientos anuales entre el 30% y el 40%, y en los próximos años fuentes del sector esperan incrementos en torno al 25%, porcentajes que no han pasado inadvertidos para bancos y cajas de ahorros, que han visto cómo en los últimos años han sido las Entidades Financieras de Crédito (EFC) las que se llevaban el gato al agua.

Por ello, la gran banca se ha puesto manos a la obra y ante el potencial de crecimiento de los créditos rápidos ha intensificado la publicidad de sus productos, especialmente en televisión, donde los espacios matinales están dominados por anuncios que prometen dinero rápido, fácil y sin pedir explicaciones. BBVA (Dinero Express), Santander (Credi Ágil) o Banco Popular (Optiline), son sólo algunas de las entidades que se esconden detrás la publicidad de los créditos rápidos, que, por otra parte, gozan de bastante audiencia.

Por ejemplo, la campaña publicitaria de créditos de Mediatis ha sido la cuarta más vista por los espectadores sólo por delante de Amena –“Let’s make a history”-, Opel –para promocionar la película Cars- y Vodfone, según un estudio de Optimedia.

Los créditos rápidos son préstamos financieros que se solicitan por importes bajos, desde 500 hasta 6.000 euros, con periodos de amortización de hasta 60 meses (cinco años). No suelen presentar comisiones de apertura, aunque sus intereses rondan el 20% TAE. Este tipo se suele, en ocasiones, enmascarar al cliente informándole sólo de intereses mensuales. Si se multiplica ese interés mensual (en torno al 1,8% por doce), se ve la realidad más clara. Además, por cancelar anticipadamente el préstamo suelen aplicar comisiones en torno al 1% sobre el importe que queda pendiente de amortizar.

En ocasiones, los interesados en un crédito rápido no suelen prestar la atención que merece al dato del tipo de interés que le aplicarán por el dinero solicitado, ni a las comisiones. Muchos usuarios se dejan llevar por la posibilidad de tener el dinero de forma instantánea, que es una de las principales características de este tipo de préstamos. Además, la libertad de poder utilizar el dinero sin tener que justificar su finalidad a la entidad financiera que lo concede es otro de los rasgos que más promueven su solicitud.

El crédito se contrata prácticamente sin hacer papeleos. Para poder contratar un préstamo de este tipo, los documentos que suelen solicitar las entidades son una fotocopia del DNI, la última nómina, un recibo domiciliado en un banco ( y sólo en ocasiones) y el número de la cuenta corriente en la que se domiciliará el préstamo. La entidad se compromete a facilitar el dinero en el plazo de 24 ó 48 horas después de recibir toda la documentación requerida.

La finalidad del crédito, hacer frente a un imprevisto económico y necesidad de obtener el dinero rápidamente.


La subrogación de un préstamo hipotecarioconsiste en cambiar de entidad financiera nuestro préstamo hipotecario para conseguir mejoras económicas en las condiciones del mismo sin necesidad de cancelarlo y formular uno nuevo. Este tipo de operaciones implica un gran ahorro  respecto a la cancelación y apertura  de una nueva hipoteca, aun cuando solo se puede variar el interés del préstamo pero no pueden variar el capital pendiente a amortizar  ni el plazo de amortización.

Se puede plantear la oportunidad de negociar con la entidad financiera una bajada del tipo de interés o, si no responde adecuadamente, trasladar el préstamo a otra entidad que ofrezca mejores condiciones. Para hacer estas operaciones mucho más sencillas y abaratar los costes se dictó la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.

El procedimiento consiste en acudir a la entidad que proponga mejores condiciones y la entidad entonces deberá emitir una oferta vinculante, que debe contener las nuevas condiciones ofrecidas. La entidad no podrá cobrar nuevas comisiones o cifras que no hayan sido incluidas en la oferta. Luego de esto la nueva entidad notifica a la antigua de la oferta efectuada y esta última debe emitir en un plazo de 7 días, una certificación con el monto exacto de la deuda. En los 15 días siguientes  la entidad acreedora puede hacer suyas las condiciones de interés que ofrecía la segunda entidad con lo cual la subrogación quedaría sin efecto. Si la entidad no emite la certificación se procede de manera inmediata al otorgamiento de la escritura pública de subrogación, a través de la cual la nueva entidad ocupa el lugar de la entidad anterior, a la que se le transfiere el importe de lo adeudado, y se subroga en el préstamo existente, respetándose las condiciones anteriores.


La hipoteca es un derecho real que se constituye a través de un contrato que resultaría accesorio a una obligación principal. Lo que hace la hipoteca es garantizar  el pago de un crédito mediante el remate judicial del bien, previa demanda y sentencia condenatoria en contra del acreditado. Lo habitual es que el bien hipotecado sea el inmueble destino del crédito, pero puede ser también un inmueble distinto o de alguna tercera persona que acepte hipotecar un bien de su propiedad.

Este préstamo pone a tu disposición una determinada suma que deberás restituir en un determinado período. Es un tipo de préstamo recomendado para aquellos casos en que se requieren sumas importantes de una sola vez  y con opción a que tu tasa de interés sea fija. Las entidades bancarias o financieras generalmente establecen tasas de interés fijas y si esto es asi, tus mensualidades también lo serán.

El contrato establecerá el número de mensualidades y la suma a pagar . Sin embargo, generalmente se establecen plazos para pagar de cinco a 20 años. Los préstamos hipotecarios , en general , te permiten saldar la deuda en cualquier momento aunque a veces algunas entidades cobran una especie de multa al hacerlo o también puede darse el caso de que te permitan saldar la deuda antes de tiempo pero que exigen el pago de todos los intereses que hubiera devengado el préstamo por el tiemo por el cual fue pactado. El hechp de que el inmueble quede afectado como garantía del pago del préstamo hace posible que los préstamos hipotecarios tengan tipos de interés más baratos que otras modalidades de préstamos con menor garantía.